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Garantias, derechos y deberes

Los deberes hacen referencia a las actividades, actos y circunstancias que implican una determinada obligación moral o ética. Generalmente, los deberes se relacionan con determinadas actitudes que todos los seres humanos, independientemente de su origen, etnia, edad o condiciones de vida están obligadas a cumplir a modo de asegurar al resto de la humanidad la posibilidad de vivir en paz, con dignidad y con ciertas comodidades. Los deberes son, entonces, uno de los puntos más importantes de todos los sistemas de leyes y de constituciones nacionales porque tienen que ver con lograr formas comunitarias y sociedades más equilibradas en donde todos acceden del mismo modo a sus derechos.

Los derechos son los privilegios o ventajas que hemos conseguido o que otros han conseguido para nosotros. No existe un derecho sin que otro cumpla un deber. Los derechos tienen vida por el cumplimiento de las obligaciones de otros. Sino se reconoce un derecho sencillamente no hay derecho. El principal derecho reconocido es a vivir, pero de qué le sirve a un bebé en formación el derecho a vivir, que lo tiene integro, si su madre decide abortar y aborta. Solo son válidos los derechos cuando se soportan en el cumplimiento de los deberes.

En el colegio nuestra señora del pilar, las garantias, los derechos y deberes de los estudiantes, se dan desde el Art. 14 hasta el Art. 23 del manual de Convivencia Escolar. Dando a conocer los siguientes

ARTICULO 14: Principio de Igualdad y NO discriminacion

Todas las personas son iguales. En consecuencia, en el ámbito de la U.E Colegio "Nuestra Señora del Pilar", se prohibe cualquier discriminacion fundada en motivos de raza, color, genero, edad, idioma, pensamiento, conciencia, religión, creencia, cultura, opinión política o de otra indole, posicion económica, origen social, condicion de salud, necesidades especiales, nacimiento o cualquier otra condicion del niño, niña, adolescente, padre, madre y representantes responsables

ARTICULO 15: Interés Superior del Niño, Niña o Adolescente

El interès superior del niño, niña y adolescente, es un principio de interpretaciòn y aplicaciòn de ordenamiento jurìdico y de estas Normas de Convivencia Escolar y Comunitaria, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los mismos. Este principio està dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes

ARTICULO 18: Derecho a la inscripciòn

Todos los niños, niñas y adolescentes, tienen derecho a ser inscritos para recibir una Educaciòn integral, siempre que:

  1. Cumplan con los requisistos y disposiciones previstas en el Ordenamiento Jurìdico y las presentes Normas de       Convivencia Escolara y Comunitaria

  2. Existan cupos en el nivel, grado/año al cual desea ser inscrito

  3. Haya corresponsabilidad de padres, madres representantes y responsables educativo de su representado y sentido   de pertinencia Institucional

ARTICULO 19: Derecho a mantener la Inscripcion

Los estudiantes del Plantel tienen derecho a mantener su inscripciòn en el mismo, siempre que cumplan con los requisitos y disposiciones previstas en el ordenamiento jurìdico y las presentes Normas de Convivencia Escolar y Comunitaria

ARTICULO 20: Garantìas del Derecho a Inscripciòn 

A los fines de permitir la inscripciòn de los estudiantes en el Plantel, no se podràn establecer como condicionantes: promedio de calificaciones, credo, estado civil de los padres, madres, representantes o responsables, ùtiles escolares, asi como ninguna otra limitaciòn que no estè legalmente establecida

ARTICULO 21: De la Comisiòn de Inscripciòn  

Se crea la Comisiòn de Inscripciòn la cual se conformarà en Consejo Tècnico Directivo. La Comisiòn de Inscripciòn es el òrgano competente para coordinar, desarrollar y adoptar las decisiones pertinentes en todo lo relacionado con el proceso de Inscripcion anual

ARTICULO 22: De la Rotaciòn de los Estudiantes

Cada dos años se harà rotacion de estudiantes por año y secciòn a partir de 4to grado de Educaciòn Primaria(de 1ro a 3er los cursos y secciones que lo ameriten), donde se rotaràn el 50% de los estudiantes de la secciòn, los criterios para el cambio de secciòn se estableceran de acuerdo a la realidad del curso y secciones, teniendo en cuenta el rendimiento acadèmico y conductual, grupal e individual, informes de los docentes, sugerencia de los consejos de secciòn en cualquier momento del Año Escolar, de acuerdo a sugerencias del Consejo de Secciòn, su expediente de actuaciòn academica, conductual o de relacion interpersonal 

ARTICULO 23: Requisitos para la Inscripciòn

Los aspirantes a ser inscritos en la U.E Colegio Nuestra Señora del Pilar, deben cumplir los requisitos necesarios de ingreso.

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